domingo, 5 de marzo de 2017

Mi queja a la Xunta por la actuaciones de dos médicos Forenses del IMELGA de Vigo en el caso de la gimnasta que sufrió la amputación de una pierna. (Donde también se evidencian los errores y las mentiras del ex-cirujano vascular de Povisa).

   He presentado estos días, en la Xunta de Galicia, una queja por el grave perjuicio que me han causado dos Funcionarios de la Administración Autonómica, médicos Forenses del Instituto de Medicina Legal de Galicia (de su sede en Vigo) por el informe que hicieron, plagado de errores, y por sus declaraciones publicadas en el caso de la gimnasta que sufrió la amputación de una pierna en el que he sido acusado. He percibido estos meses que algunos abogados consideran intocables a los Forenses, quizá por miedo a sufrir represalias. Los que quieran leer mi queja (que transcribo a continuación omitiendo algunas identidades) probablemente terminen compartiendo mi idea (si no la tenían ya) de que los Forenses son médicos que además de no curar enfermos, pueden equivocarse, y mucho: y deberían asumir sus limitaciones, y reflexionar sobre el daño que con sus errores pueden causar. (Otra queja que tengo es que el actual sistema para juzgar actuaciones médicas es muy injusto y mejorable, aunque de eso hablaré en otra ocasión)


Escrito de queja dirigido a: Xunta de Galicia. Oficina de Defensa de las Personas Usuarias de los Servicios Públicos. (Atención al Ciudadano. Sugerencias y Quejas.)

1. Presento esta QUEJA, que espero contribuya a que mejore el servicio que juzgados y tribunales prestan a los ciudadanos, al amparo del Decreto 129/2016, de 15 de septiembre, por el que se regula la atención a la ciudadanía en el sector público autonómico de Galicia y se concreta el ejercicio del derecho a la formulación de sugerencias y quejas sobre el funcionamiento de los servicios públicos. Espero respuesta en plazo que no exceda un mes, según estable el mencionado Decreto en su artículo 17.5.

2. Considero que he recibido un servicio y atención deficiente de la Administración de Justicia, y en concreto de los dos médicos Forenses del IMELGA de Vigo XXX e YYY: por el informe pericial que realizaron y firmaron en fecha 2 de junio de 2015, y por la posterior ratificación de ese informe y declaraciones efectuadas en sede judicial en Vigo (Penal 3) en fecha 17 de enero de 2017. No pretendo interferir en la resolución judicial que adopte la magistrada que lleva el caso, pero considero que esos dos médicos Forenses, cuya función es asesorar a la justicia ejerciendo sus funciones de manera estrictamente científica, han actuado incorrectamente. Espero se tomen medidas, que aunque quizá ya no se puedan aplicar en el caso que me afecta, sí podrán servir para evitar futuros perjuicios a más ciudadanos.

3. Los dos Forenses mencionadas hicieron un informe pericial a instancias del Juzgado de Instrucción nº 3 de Vigo, en un caso en el que se me acusa de negligencia médica. Les resumo el caso: en febrero de 2015 atendí como traumatólogo a una paciente gimnasta de 16 años que sufrió una grave lesión en su rodilla, por lo que, tras ser atendida inicialmente en el Hospital Fátima, ingresó en el Hospital El Castro de Vigo donde trabajo. El primer día se le hizo una Resonancia Magnética, y 24 horas tras el accidente operé a la paciente, vaciando el hematoma de la rodilla y descomprimiendo el edema de la pierna. La paciente mejoró tras esa operación. La situación era estable, pero el tercer día detecté una disminución de la perfusión sanguínea que me hizo sospechar una lesión arterial, por lo que solicité un angioTAC: al conocer el resultado consulté al especialista en cirugía vascular vinculado a mi Hospital, quien me indicó que realizara el traslado a su Hospital (Clínica Quirón) el día siguiente. Pero por orden de la compañía de seguros la paciente fue trasladada al Hospital Povisa, donde tras hacerle un nuevo angioTAC, un cirujano vascular (el Dr. ML) realizó una operación de bypass que no funcionó. Después un traumatólogo realizó una osteosíntesis con fijador externo. La paciente pasó a la UCI, y dos días más tarde (sexto tras el accidente) el mismo Dr. ML le amputó la pierna por isquemia (falta de sangre). Y la familia presentó una denuncia.

4. Pero, como explico en esta queja, para hacer su informe pericial los dos Forenses no tuvieron en cuenta datos y pruebas médicas de gran importancia, tomaron como ciertos datos falsos o incorrectos, y además hicieron algunos razonamientos contradictorios o insostenibles. Y de manera general interpretaron la historia clínica de forma distorsionada, dando por ciertas afirmaciones del Dr. ML que no eran verdad. En el juicio se expuso con pruebas irrefutables que el Dr. ML se confundió en su diagnóstico, cometió varios errores en el tratamiento (que causaron la aparición de isquemia en la pierna), y después, para exculparse, le dijo a la familia (y a la paciente) que cuando llegó a Povisa ya no había nada que hacer: que la pierna no tenían sangre desde el momento del accidente, y que yo había cometido un grave error (así se lo dijo) al no darme cuenta de ello. El Dr. ML también mintió en sus informes médicos, como puede comprobarse y se demuestra en este escrito. Y los dos Forenses aceptan su versión y su diagnóstico de isquemia irreversible de 80 horas, un diagnóstico que ha sido refutado por las evidencias científicas.

5. Los Forenses parten en su informe de algo que no es cierto: afirman que hubo una luxación de rodilla. Pero ningún médico de todos los que asistimos a la paciente (ni en Fátima ni en El Castro ni en Povisa) hicimos nunca, durante el proceso asistencial, ese diagnóstico de luxación: esa palabra no figura en ningún informe médico. Los Forenses introducen ese diagnóstico basándose en el dato de que un conductor de una ambulancia escribió como observación: “luxación MII” (lo hizo al ver la rodilla deformada tras el traumatismo: pero no acertó ni el lado, pues realmente se trataba del Miembro Inferior Derecho, MID). Y después, partiendo de ese diagnóstico falso, los Forenses incluyen en su informe un protocolo clínico para luxación de rodilla (que además se basa en la práctica del “índice tobillo brazo”, una prueba usada sobre todo en patología arterial crónica y que además, como dejaron claro en el juicio varios peritos, no podía practicarse en este caso por las fracturas y lesiones de la pierna, la inestabilidad y el edema, y el yeso que tenía colocado) para concluir que había que haber pedido un angioTAC antes de cuando se pidió. Esa conclusión no es científica: en medicina rara vez se puede hacer afirmaciones tajantes o rotundas, y en este caso además hay trabajos y protocolos actuales que han sido presentados por varios peritos que demuestran que incluso en caso de luxación de rodilla (que en este caso no la hubo) es innecesario hacer una arteriografía o angioTAC si tras la reducción hay pulsos y se observa y controla clínicamente la circulación (como se hizo); y otros trabajos concluyen que cuando tras una luxación hay pulsos (y en este caso los había) se descarta que después puedan aparecer lesiones vasculares que comprometan la viabilidad (referencias citadas en el punto nº 10 del informe pericial de la Traumatóloga y valoradora del daño corporal Dra. M. Mariño).

Abundante circulación
colateral en MID.
AngioTAC El Castro.
6. Los Forenses además no tuvieron en cuenta los resultados de los dos angioTACs realizados a la paciente, el primero en El Castro el tercer día tras el accidente, y el segundo en Povisa el cuarto día (antes de la operación de bypass). Esos angioTACs son pruebas fundamentales para poder hacer una valoración correcta de este caso, y sobre ellas, sobre esas pruebas, se habló mucho en el juicio. Pero los dos Forenses citan esos angioTACs de pasada, al principio de su informe (en el resumen del caso que presentan): y después ya no los mencionan ni analizan sus resultados al hacer sus consideraciones clínicas ni médico-legales. Ese proceder resulta muy extraño, pues los resultados de esas pruebas (de los dos angioTACs), como han expuesto muchos peritos, demuestran que había abundante circulación colateral, que la sangre llegaba al pie y que no había isquemia. Curiosamente, los peritos de parte presentados por la acusación tampoco mencionan en sus informes los resultados de los angioTACs, porque no les interesa (ya que demuestran que no había isquemia). Un perito especialista nombrado por el juzgado, el traumatólogo Dr. L. de la Torre (Jefe de Unidad del Hospital del Sergas de Ourense), sí que valora en su informe los resultados de los angioTACs, que para él demuestran que hay perfusión vascular y no hay isquemia, y así lo afirma, concluyendo en su informe que la atención médica prestada a la paciente por el Dr. Larrauri fue “totalmente correcta y ajustada a la buena práctica médica”.

7. Los Forenses tampoco quieren dar valor al registro de pulsioximetrías con el que se controló la perfusión en este caso. Y para actuar así afirman al comienzo de su informe que la pulsioximetría es una “prueba no recogida en la literatura para este tipo de casos”. Y a partir de ese momento ya no hacen mención a esas prueba, a la que todos los especialistas dieron mucha importancia en el juicio. La perito Traumatóloga Dra. M. Mariño presentó con su informe un Dossier con 23 referencias seleccionadas de artículos médicos y de libros actuales (Ver) que demuestran que hay evidencias científicas suficientes para poder usar el pulsioxímetro como método de diagnóstico y control del estado circulatorio de una extremidad en patología arterial aguda. Hay trabajos de series amplias (números 1, 3, y 7 de ese Dossier, con casuísticas de 28, 54 y 12 pacientes respectivamente) que concluyen que si tras un traumatismo agudo el pulsioxímetro registra más de 90% de saturación, entonces se puede excluir lesión arterial mayor, y se afirma (nº7) que el pulsioxímetro es un índice más sensible de perfusión periférica que el índice tobillo brazo; otro trabajo (nº 5) estudia a pacientes que no tenían pulso tras fracturas en las que había un gran edema: pero la pulsioximetría presente en 22 casos hizo que se tomara una actitud expectante sin hacer angioTAC, y se recuperó la circulación en todos esos casos. Otro de los trabajos (realizado y firmado conjuntamente por Cirujanos Vasculares y Traumatólogos de Madrid) concluye que la pulsioximetría detecta déficit de perfusión antes incluso de que se manifieste clínicamente, y que cuando hay una oclusión arterial se anula el registro. Y así los demás artículos del Dossier siguen demostrando el peso o valor científico específico de esa prueba diagnóstica. Queda claro, a la vista de esas referencias, que cualquier médico podía confiar científicamente en que unos valores de saturación de oxígeno (SpO2) que durante los dos primeros días llegaban a 98% descartaban lesión arterial mayor. Solo cuando los registros bajaron se sospechó lesión (aunque no isquemia), y fue entonces cuando se pidió un angioTAC. Es evidente que los dos Forenses o no buscaron referencias bibliográficas o las buscaron mal, y al no valorar las pulsioximetrías en su justa medida su informe no tiene el rigor científico exigible.

8. Sobre la falta de pulso, los Forenses afirman en su informe que a las 13:52 horas del día 28 no hay pulso perceptible, y por ello consideran y afirman que en ese momento es inexcusable la práctica de pruebas complementarias para descartar una lesión vascular. Pero deberían especificar que realmente, en aquel momento lo que ocurrió fue que una enfermera anotó que no palpaba pulso pedio. Esa misma enfermera, que fue la única que no palpó pulso (aunque anotó que no lo palpaba en dos ocasiones) declaró en el juicio que trató de palpar el pulso metiendo la mano por debajo del vendaje elástico colocado sobre el pie, que estaba incluido en una férula de yeso: y ese método no es correcto. Varios enfermeros palparon pulso, aunque disminuido; y otros enfermeros no anotaron su palpación al no ser posible palparlo, como ocurre en todos los pacientes que tienen colocado un yeso o férula en una extremidad. Posteriormente a que la enfermera mencionada no palpara pulso, otros enfermeros y tres médicos más sí que palparon pulso pedio (además del propio Dr. Larrauri, un Anestesista y un médico de Urgencias que así lo testificaron en el juicio): y así fue hasta el domingo por la mañana antes de la cura. Y en el juicio ha quedado claro, explicado por varios especialistas, que la palpación del pulso es una prueba subjetiva, sujeta a errores y “errática” (como se afirma en el informe del perito Dr. Sanmartín, nº 2). El Dr. Larrauri ya sabía que el pulso pedio se palpaba debilitado, y así lo escribe en sus informes: pero esa debilidad tenía explicación: podía ser producida por una compresión parcial extrínseca (causada por el gran hematoma que había en la rodilla), o por el edema distal, o por un espasmo arterial debido al gran traumatismo sufrido en la rodilla, o incluso el primer día como consecuencia del síndrome compartimental… Esos mecanismos son contemplados como causa de disminución del pulso en el informe de los Forenses, en los puntos nº 1 y nº 4; e incluso un perito presentado por la acusación, el vascular Dr. L. Trapero, afirma en su informe que “La pérdida de los pulsos indica obstrucción arterial parcial o completa del flujo arterial por interrupción o por espasmo arterial”. El Dr. Larrauri consideraba que el pulso pedio debilitado era algo transitoria y reversible, y valoraba el conjunto de signos clínicos (color y temperatura normal, entre otros): y controlaba la perfusión del pie con registro de pulsioximetría, que es un aparato que registra pulsos: el latido de sangre arterial que pasa por los dedos. Y que la pulsioximetría registra llegada de sangre con oxígeno a los dedos del pie es algo científicamente incontrovertible y ningún perito lo ha podido negar: sólo los Forenses obvian su valor. Debe recordarse que a la vez que la enfermera anotaba que no palpaba pulso pedio, escribía en la historia que la SpO2 era normal: 98%. Y con esos datos clínicos y esos valores de pulsioximetría normales (registrados en la historia por varios enfermeros) se podría tener la seguridad de que no había signos mayores de isquemia ni sospecha de la misma. Por todo eso numerosos peritos han asegurado que no era necesario hacer un angioTAC, y que ya se estaba controlando la circulación y la perfusión con observación clínica y con pruebas complementarias (aunque los Forenses nieguen el valor de la pulsioximetría por desconocimiento, como se ha explicado en el punto anterior). La perito Dra. Mariño explica en el punto nº 13 de su informe que el signo de isquemia no es la ausencia de pulso pedio (tomado en la arteria pedia), sino la ausencia de pulsos pedios (“pulseless” en inglés). Y las imágenes de angioTAC unidas a los registros de pulsioximetría demuestran que no es correcto mantener como verdad absoluta que en algún momento no hubo puso: incluso una vez producida la trombosis de la poplítea seguía siendo detectable con el pulsioxímetro y es seguro que se podría haber detectado en la arteria tibial posterior, que se ve de calibre normal en los angioTACs.

9. El tercer día del ingreso, domingo, al medio día, tras hacer la cura en Quirófano y colocar nueva férula y vendaje, se detectó una disminución de la perfusión con el pulsioxímetro, bajando la saturación del oxígeno (una enfermera registró “en torno al 84%”), aunque siguió llegando sangre con oxígeno a todos los dedos del pie: y fue entonces, al considerar esa variación significativa, cuando solicité el angioTAC. Pero los Forenses afirman que no actué conforme a lex artis al consentir la demora de siete horas entre la petición de la prueba y el momento de su realización (lo que se debió a problemas logísticos ajenos a mi voluntad). Y argumentan su acusación (en el nº 8 de sus consideraciones medico legales) diciendo que los músculos esqueléticos se mueren cuando se queda sin sangre, y dicen: “y un periodo de tiempo de isquemia profunda de 4 a 6 horas puede causar lesión irreversible”. Que los músculos mueren es cierto: pero sin embargo la realidad es que en este caso no había isquemia ni sospecha de isquemia, por lo que ese retraso no suponía ningún riesgo para la paciente, como diversos especialistas con amplia experiencia en la medicina asistencial han defendido en sus periciales. El Dr. Marcos Sanmartín (traumatólogo de Povisa y experto en cirugía vascular y reimplantes de miembro superior) afirma en su informe  que “la pulsioximetría es precisa para determinar si la entrada y salida de sangre de una extremidad es adecuada” (nº 3), y aclara: “En este caso la oclusión de la arteria poplítea no produjo una isquemia debido a la presencia de abundante circulación colateral” (nº 6). También los demás peritos de la defensa, especialmente el Dr. Casal Moro y la Dra. Mariño, y el traumatólogo judicial Dr. de la Torre, afirman y ratifican que ese retraso no supuso riesgo ni empeoramiento para la paciente, porque la situación vascular era estable y la sangre seguía llegando a todos los dedos del pie, con valores en torno a 84% ese domingo por la mañana, que llegaron por la tarde a 90 y 92% y que después se normalizaron. Y en reposo esa sangre con ese oxígeno era suficiente para mantener la viabilidad de los tejidos: hay pacientes con isquemia crónica que tienen unas saturaciones mantenidas de 60% o menos (ref. nº 15 del Dossier de pulsioximetrías), y hay trabajos que muestran que los montañeros en alturas mayores de 3.000 m hacen travesías manteniendo varios días unas saturaciones medias de 84%, incluso bajando de 79%, sin que se les produzcan lesiones ni isquemia muscular.

10. Quizá una de las cosas más sorprendentes del informe de los Forenses (nº 9) es cuando afirman tajantemente que el retraso desde que conocí el diagnóstico de trombosis de la arteria poplítea (el domingo a las 21h, tras la realización del primer angioTAC) hasta que se realizó el trasladó de la paciente a otro Hospital (un retraso inicialmente previsto de 12 horas, que después se convirtió en 16 horas por el cambio de destino) fue contrario a la lex artis. Pero lo afirman considerando incorrectamente que la pierna estaba en isquemia. Y los Forenses no tienen en cuenta además algo muy importante: que yo actué siguiendo las indicaciones de un Cirujano Vascular, el Dr. Ignacio Lojo, Jefe de Unidad de la Clínica Quirón (reconocido como el mejor centro de Cirugía Vascular de Galicia). El Dr. Lojo ya ratificó hace más de un año ante la Jueza de Instrucción que la situación clínica y los datos del resultado del angioTAC que le trasmitió el Dr. Larrauri aquella noche se correspondían con la realidad, y se reafirmó en que el caso no era una emergencia: no estaba amenazada la viabilidad de la pierna, y era más importante operar bien esa trombosis que operarla con prisa y mal. Y sin embargo los Forenses se han ratificado hace unos días (en su declaración en el juicio) en lo que escribieron en su informe, volviendo a considerar contrario a lex artis una actuación que es evidente que fue correcta. ¿Piensan quizá los Forenses que para actuar conforme a lex artis yo tenía que haber metido a la paciente en una ambulancia y trasladarla esa misma noche, inmediatamente, en contra del criterio del cirujano vascular?


11. Al respecto, el Dr. Roberto Casal Moro, Jefe de Servicio de Traumatología del Hospital Álvaro Cunqueiro, se expresa claramente en su informe pericial sobre esos retrasos (a los que se hace referencia en los dos puntos anteriores de este escrito, y que los Forenses consideran contrarios a lex artis) y afirma que en este caso sí se podía demorar la práctica del angioTAC porque no había isquemia (respuesta nº 8 de su informe) y que el retraso en hacer el traslado, tras consultar con un vascular y siguiendo sus indicaciones, no ocasionó ningún daño a la paciente ni empeoró las condiciones para realizar una revascularización, recordando también en su informe (nº 11) que del domingo al lunes “la circulación se mantuvo igual o incluso mejoró”. Otros peritos (y señaladamente el Dr. Lojo) confirmaron esa mejoría de la circulación, pues en el primer angioTAC se comprobó la permeabilidad de dos de las tres arterias de la pierna, y en el segundo ya se ven permeables las tres. Los demás peritos de la defensa concuerdan plenamente con esa postura, y los enfermeros de los turnos de domingo y lunes confirmaron que el último día la situación clínica se mantuvo estable, con buen color y temperatura y valores de pulsioximetría que se normalizaron. Sin embargo los Forenses afirmaron, y así lo recoge la prensa (Faro de Vigo, 18.1.2017), que “Si existe sospecha de lesión vascular, el tiempo es un factor que juega en contra”: frente a esto hay que afirmar que eso no es verdad, pues el tiempo solo es un factor que juega en contra si realmente existe isquemia: y en este caso no había ni isquemia ni siquiera sospecha de isquemia.

12. Los Forenses reconocen en su informe que cuando se produce el tipo de lesión arterial que sufrió la paciente, un estiramiento de la capa íntima, la trombosis y los signos clínicos y la pérdida de pulsos pueden aparecer de manera tardía; pero consideran -en contra de la opinión de numerosos peritos- que la trombosis de la poplítea interrumpió totalmente el flujo arterial y produjo una isquemia irreversible. Los Forenses niegan que la circulación colateral pueda mantener la viabilidad de la pierna, y afirman: “En pacientes con vasos sanos que experimentan una oclusión arterial aguda, los vasos colaterales no se desarrollan con la rapidez necesaria para sustituir al vaso ocluido”. Sin embargo todas las evidencias científicas demuestran que esa afirmación no es cierta. Numerosos peritos lo han dejado muy claro, incluso peritos de la acusación, como el Cirujano Vascular Dr. Trapero, quien refirió durante el juicio el caso de un paciente joven que tuvo una obstrucción aguda de la poplítea y al que operó después de 30 días, sin necrosis ni problemas, debido a la abundante circulación colateral que ese paciente tenía. Hay un buen número de publicaciones de casos similares que coinciden con lo que realmente ocurrió en este caso. Varios peritos han explicado (y avalado con referencias de tratados de Fisiología Médica) que el ejercicio produce angiogénesis: a lo largo de los años, gracias a la práctica del deporte (en este caso 16 horas a la semana de gimnasia acrobática extrema) se forman nuevos vasos arteriales, que habitualmente están casi cerrados, pero que se abren, en pocos minutos, cuando se produce la oclusión de un vaso principal (Dr. Sanmartín nº 7, Dra. Mariño nº 9): y todos esos peritos afirman que en este caso, desde el momento en que se produjo la oclusión de la poplítea se abrió una circulación colateral muy abundante, lo que produjo compensación del déficit de paso de sangre por la poplítea y una situación vascular estable, con llegada de sangre con oxígeno al pie: y dejan claro que a partir de ese momento, con una circulación colateral establecida, el factor tiempo hasta hacer el bypass o la recanalización de la poplítea ya no resulta esencial ni definitorio. Eso lo dejan muy claro el Vascular Dr. Lojo y también el Dr. L. de la Torre, y todos los peritos de la defensa. El aumento de la circulación colateral se evidencia en las imágenes de ambos angioTACs, y el radiólogo de El Castro ya lo destaca en su informe: “Existe aumento de circulación colateral con permeabilidad de arterias tibial posterior y peronea”. El Dr. I. García, perito vascular, afirmó en el juicio que se sorprendió al ver que había tanta circulación colateral. Los Forenses en cambio, afirmaron en contra de las evidencias científicas, que no podía haber circulación colateral suficiente para mantener la viabilidad de la pierna, y que el hecho de ser gimnasta no tenía nada que ver con esa circulación.

13. Los Forenses declararon, y así lo publicó la prensa, que : "Ante la existencia de datos como oxigenación disminuida de la extremidad, pierna hipotérmica, escasos pulsos pedios que después ya no se perciben...; ante esa situación mantenida, esa circulación precaria, el deterioro progresivo que parece mostrar la historia clínica... había que hacer pruebas complementarias". Pero no es cierto que la oxigenación estuviera disminuida, y cuando realmente disminuyó fue cuando se pidió el angioTAC; tampoco es cierto que la pierna se mantuviera hipotérmica, y menos que estuviera fría o cada vez más fría: lo cierto es que durante todo el ingreso en El Castro la temperatura no cambió y fue normal, y ningún enfermero detectó ni anotó que tuviera frialdad; y no es cierto tampoco que los pulsos se fueran perdiendo, pues ya eran débiles al principio y solo una enfermera no los palpó; no es cierto en definitiva ese “deterioro progresivo que parece mostrar la historia clínica” que afirman los Forenses que había, pues todos los que confeccionamos esa historia clínica, médicos y enfermeros, negamos ese deterioro que los Forenses afirman que existe: y la verdad es que la situación clínica (especialmente los datos que podrían tener relación con la circulación, como color, temperatura, afectación neurológica, dolor…) se mantuvo estable desde el primer día hasta el traslado a Povisa (incluso el dolor mejoró), y no hay ningún dato objetivo que demuestre lo contrario.

14. Los Forenses parten de ese inexistente “deterioro progresivo” y “compromiso vascular” que mencionan, para afirmar que si se hubiera hecho el angioTAC antes, o se hubiese consultado con un cirujano vascular antes, se hubiera podido operar antes y salvar la pierna. Pero resulta que cuando se hizo esa prueba (el angioTAC) y se consultó con un cirujano vascular (el Dr. Lojo), este entendió que la situación era estable y que no había isquemia ni riesgo para la pierna, y que podía hacerse el traslado y la operación al día siguiente, más de 12 horas después, sin prisa. Salvo que los Forenses afirmen y demuestren que el Dr. Lojo estaba equivocado, incurren en una llamativa contradicción. Resulta evidente que el momento de hacer el angioTAC y de hacer el traslado no condicionó el pronóstico ni fue causa de la amputación: la situación vascular era estable, y el factor tiempo (las famosas seis horas de isquemia) no contaban una vez establecida circulación colateral suficiente.

15. Los Forenses escribieron en el informe y declararon que “era inexcusable que no se hicieran más pruebas”. Debo protestar y destacar que “inexcusable” no es un término propio de un informe médico (que es lo que ellos tenían que hacer, y no un juicio ni una sentencia condenatoria). En Medicina las pruebas diagnósticas se solicitan cuando están indicadas, y se puede discutir si una prueba está indicada o no; y en este caso muchos peritos (entre ellos el Dr. Roberto Casal Moro -Jefe del Servicio de Traumatología del Hospital del Sergas de Vigo, como se ha dicho- que se supone sabe mucho más sobre cómo atender a los pacientes y cuándo está indicado pedir pruebas diagnósticas que los Forenses) consideran que no estaba indicado pedir el angioTAC hasta que el Dr. Larrauri lo pidió. Si los Forenses creen que estaba indicado pedir el angioTAC antes, son ellos los que tienen que demostrar que estaba indicado, pero no lo demuestran, y además basan su postura en que se había producido una luxación (lo que no fue cierto), en una valoración de la situación clínica que no se corresponde con la realidad, en afirmar (incorrectamente) que las pulsioximetrías no sirven para nada, y en el dato de que una enfermera no consiguió palpar el pulso pedio, deduciendo equivocadamente de todo ello que había una isquemia.

16. Tampoco es cierto, como afirman los Forenses en su informe, que tras la operación de descompresión y fasciotomías que se hizo el viernes por la tarde la paciente y su pierna empeoraron y la situación se siguió deteriorando. Se basan para afirmar eso en un registro de SpO2 de 88% que hizo un enfermero a las 7 u 8 de la mañana de la noche que siguió a esa operación. Pero ese  registro iba unido al de una frecuencia cardiaca de 30-40 (excesivamente baja, lo que hace pensar en un error de medición). El enfermero llamó al Dr. Larrauri, quien acudió al Hospital tres horas más tarde y comprobó que la paciente y su pierna estaban bien, y que las saturaciones con el pulsioxímetro en ese momento oscilaban entre 92-98%, y esa tarde del sábado los registros anotados fueron de 94-98% (valores normales). Y clínicamente hubo mejoría, como lo recoge el Dr. Larrauri en sus informes: tuvo menos dolor, y no aparecieron nuevos datos de alteración vascular. Por tanto la interpretación de que hubo un empeoramiento que hacen los Forenses no se corresponde con la realidad.

17. Si realmente la pierna llegó a Povisa tras 80 horas en isquemia, la única indicación quirúrgica hubiera sido la amputación inmediata para preservar la salud de la paciente, por el riesgo de rabdomiolisis, insuficiencia renal, sepsis... En consonancia con lo defendido por el Dr. ML, los Forenses tendrían que haber denunciado el riesgo al que el Dr. ML sometía a la paciente al mantener una pierna en isquemia durante seis días. No es razonable que los Forenses afirmen que en el momento del traslado era imposible salvar la pierna pero acepten que se opere realizando un bypass, se coloque después un Fijador, y se mantenga la pierna hasta dos días después, hasta el miércoles, que fue cuando se realizó la amputación. Los Forenses podían haber detectado esa incongruencia y ese riesgo potencial. (Nota: aunque la verdad es que en realidad no hubo riesgo durante los cinco primeros días, porque el diagnóstico inicial de isquemia de más de 80 horas no era correcto).

18. Los dos Forenses declararon que consideraban correcto y “razonable” todo lo que hizo el cirujano vascular de Povisa Dr. ML, y afirmaron que el estado vascular de la pierna hacía imposible que la cirugía de vascularización funcionara. Pero el “estado vascular” al que se refieren no era el real que presentaba la paciente, sino el que se había inventado después el Dr. ML. En cualquier caso, los Forenses incurren en una contradicción evidente: porque si era imposible salvar la pierna (“imposible que la cirugía de revascularización funcionara”, afirmaron), entonces ¿para qué la operó el Dr. ML? No es lógico hacer una operación que es imposible que salga bien.

19. En el punto nº 4 de su informe los Forenses asocian la gravedad de la isquemia “a la progresión de la trombosis de los vasos más distales, como parece haber pasado en el presente caso”. Pero no es cierto que en este caso se produjera trombosis distal: y eso se puede comprobar por las arteriografías, que evidencian la única trombosis que se produjo, en la arteria poplítea; y porque había circulación distal con pulso registrable con el pulsioxímetro. Y cuando se abrió el bypass funcionó cierto tiempo hasta que se volvió a obstruir (lo que también descarta trombosis distal). Los Forenses dicen que había una trombosis distal porque “les parece” que la había: pero no la había, y están cayendo en el error de inventarse un diagnóstico que nadie hizo y que nunca existió: trombosis de los vasos más distales. Probablemente cometen ese error porque están considerando que es verdad lo que dice el Dr. ML, quien afirma que seis horas después del accidente ya no había nada que hacer porque toda la pierna estaba necrosada, muerta, trombosada, sin circulación ni siquiera colateral… La evidencia científica demuestra que todo eso no es cierto.

20. Los Forenses parecen dar por bueno el diagnóstico que hace el Dr. ML de que la pierna llevaba 80 horas en isquemia, y en cualquier caso dan por seguro que la situación era de isquemia irreversible. Pero una prueba incontrovertible de que ni lo afirmado por el Dr. ML ni lo dado por seguro por ellas es cierto, y algo en lo que han coincidido todos los peritos, es el hecho de que el Dr. ML utilizó para hacer el bypass la vena safena de esa pierna derecha. Cuando hay una isquemia (falta de llegada de sangre a una parte del cuerpo) y esa circunstancia se prolonga durante seis o más horas, la extremidad queda en situación de isquemia irreversible, de necrosis (como muy bien dicen los Forenses en los puntos nº 10 y 11 de su informe) y entonces lo único que hay que hacer es amputarla. Pero en este caso no había isquemia, sino solo una disminución relativa de llegada de sangre, lo que se puede catalogar como una isquemia incompleta: pero que es totalmente distinto a una isquemia. La situación que se dio en este caso no ponía en peligro la viabilidad de la extremidad y no produjo necrosis de los tejidos, porque no había isquemia. Y como no había necrosis se pudo usar la vena safena de esa pierna derecha, que estaba sana: con más razón cuando se repitieron varias veces las suturas con esa vena, algo imposible si no hubiera estado en perfecto estado. Eso demuestra que esa pierna no tenía necrosis y por lo tanto no estaba en situación de isquemia irreversible: luego ese diagnóstico no era cierto, y no pudo ser la causa de la amputación. La contradicción en que incurren tanto el Dr. ML como los Forenses considerando normal que se use una vena que según ellos estaba necrosada es indudable.

21. El Dr. ML reconoció en el juicio que no se leyó los informes que le enviamos desde El Castro con la paciente, ni vio las imágenes del angioTAC. Los Forenses no podrán negar que ese proceder no es prudente ni correcto. Y como consecuencia de esa omisión el Dr. ML pensó -equivocadamente- que la paciente tenía una sección de la segunda porción de la poplítea, probablemente por culpa de leer superficialmente el informe del angioTAC hecho en El Castro (donde el radiólogo empleaba -de manera quizá poco rigurosa- el término “sección”) y de no leer el informe del radiólogo de Povisa (donde no habla de sección sino de oclusión). Y el Dr. ML pensó que si era una sección (que no lo era, y en el juicio ha quedado muy claro) entonces la tercera porción de la poplítea tendría que estar sana. Y por eso cuando operó realizó la anastomosis distal de su bypass a la tercera porción de la poplítea. Y por eso no funcionó el bypass. Porque en realidad la paciente tenía una lesión de la pared íntima de la poplítea que comenzaba en la segunda porción y que continuaba hacia abajo (distal) afectando a toda la tercera porción de la poplítea, hasta su extremo (hasta su bifurcación). El Dr. ML abocó la salida de su bypass a una zona trombosada, y por eso no obtuvo reflujo. Y por eso cuando abrió el bypass éste funcionó cerca de un minuto y “se ocluyó precozmente”: porque la sangre entraba en una arteria que no estaba sana, y las paredes de la íntima dañada formaban turbulencias, produciéndose agregación de plaquetas y un nuevo trombo. Los Forenses podían haber comprobado este error del Dr. ML, pues tenían todos los datos para hacerlo en el historial médico: pero no se dieron cuenta.

AngioTAC Povisa. La arteria Tibial
Posterior de la pierna derecha es de
mayor calibre que la contralateral.
No es cierto el espasmo ni la falta de
salida (run-off ) que inventa el Dr. ML.
22. Todos los peritos afirman que un bypass debe puentear la lesión obstructiva desde una zona sana proximal hasta una zona sana distal a la obstrucción. Pero el Dr. ML no lo hizo así. Y una vez comprobado que el bypass que hizo se ocluyó, en vez de hacer el bypass más distal, a una zona sana (como tenía que haber hecho, como ya apuntó en su primera declaración el cirujano vascular Dr. Lojo de la Clínica Quirón) se empeñó en volver a hacerlo en ese mismo sitio, revisando la anastomosis tres veces (según dijo a los anestesistas), sin éxito. Después afirmó, para justificar su fracaso, que no obtuvo reflujo porque no había circulación colateral, y que toda la pierna estaba trombosada y no había arterias sanas para recibir el flujo del bypass (lo que se llama salida o runoff); y también dijo que las arterias distales tenían un espasmo severo irreversible y que por eso no había funcionado el bypass. Los Forenses le dan la razón, dan por buena su justificación, pero podían haber comprobado que esas explicaciones no eran ciertas, y basta con ver las imágenes de los angioTACs para darse cuenta de que el Dr. ML no dice la verdad: pues sí que había mucha circulación colateral, y sí que había arterias sanas y permeables en la pierna (de calibre más que suficiente para que un bypass funcionara si se hubiera hecho la anastomosis distal a la trombosis), y las imágenes descartan espasmo severo de las arterias de la pierna, que se ven permeables. El Dr. ML escribió tras hacer la operación que el bypass no funcionó “claramente” por falta de run-off (de salida): si tan claro lo tenía, ¿por qué revisó las anastomosis tres veces? No tiene sentido repetir tres veces un procedimiento quirúrgico complejo (las suturas vasculares) si ya sabía (“claramente”) que el problema era otro. (Por cierto: no he visto nunca escrito el término “claramente” en un informe médico: suena a coartada, a excusa no pedida. Los Forenses podían haberse dado cuenta de todos esos errores e incoherencias del Dr. ML, pero no lo hicieron).

23. Y el Dr. ML mintió en su informe al hacer mención a la patología que se encontró. Y así escribió que el angioTAC realizado en Povisa “demuestra oclusión completa de arteria poplítea derecha en 2ª y 3ª porción proximal, recanalizando en 3ª p distal…” Y eso es falso, pues según el informe del radiólogo de Povisa Dr. Táboas (y según las imágenes del angioTAC, que son elocuentes) toda la tercera porción de la poplítea estaba ocluida (y no solo la porción proximal como escribe el Dr. ML): el radiólogo Dr. Táboas deja eso muy claro: “Oclusión de Arteria Poplítea derecha en su tercera porción”, y de hecho en su informe no menciona a la 2ª porción: eso también se lo inventa el Dr. ML. El Dr. ML manipula el informe del Dr. Táboas al hacer su propio informe, para encubrir que hizo la sutura del bypass a una zona dañada de la poplítea, en su tercera porción; y quiere tratar de convencer al lector, contra las evidencias, que esa zona distal de la poplítea estaba sana. Pero no lo estaba. A los Forenses se les escapó detectar esa manipulación que hizo el Dr. ML (fácilmente comprobable por cualquiera), que no parece un error involuntario, y que por tanto le delata y culpabiliza.

24. El Dr. ML después de haberse dado cuenta de que la operación le había salido mal y de que la pierna iba a acabar siendo amputada, le dijo a la familia que había que amputar, y que la culpa de la amputación era del Dr. Larrauri, porque la pierna llevaba cuatro días sin sangre y en El Castro nadie se había dado cuenta de ello… y siguió mintiendo, inventando en sus informes los signos y síntomas que la pierna de la paciente hubiera tenido si realmente llevara 80 horas en isquemia. Y escribió en la anamnesis, refiriéndose a lo ocurrido cuatro días antes, que: “desde el instante el accidente la paciente comenzó con dolor muy intenso en la pierna”. Y se inventó una exploración en Urgencias que incluía: pie equino (por isquemia severa), pérdida de sensibilidad, frialdad y subcianosis. Todo eso es mentira, como se verá en los siguientes puntos. Y los Forenses pueden comprobar que lo que consta en los informes de Povisa como “exploración física en Urgencias” figura en un informe que firmó el Dr. ML nueve días después de haber hecho la operación. Porque en la hoja de Urgencias de Povisa que no hay constancia de ninguno de esos datos clínicos que se inventa el Dr. ML. Realmente no se registró ninguna exploración, y lo único que se puede deducir de esa hoja es que el Dr. ML pidió un angioTAC y que no le pusieron ningún calmante a la paciente.

25. Sabemos que el dolor distal es el principal síntoma de isquemia aguda de una extremidad. Pero la realidad es que en el Castro la paciente solo tuvo dolor en la rodilla (por las fracturas y lesiones sufridas a ese nivel), y no en la pierna como afirmó el Dr. ML. Y así quedó registrado: se le ponía hielo en la rodilla, y no le dolía la pierna ni el pie. Y ese dolor era de intensidad moderada, bien controlado con analgesia pautada: enantyum cada 8 horas, y sólo en cuatro ocasiones (durante todo el ingreso en El Castro) se le puso media ampolla de dolantina: y se registró varias veces que la paciente pasaba periodos de tiempo sin apenas dolor. La situación cambió horas después de la operación realizada en Povisa la tarde del lunes, y entonces apareció un dolor intenso en toda la pierna, que el anestesista de la UCI de Povisa describe como: “importante dolor en la pierna derecha a la palpación”: ese dolor obliga a ponerle esa noche a la paciente 6 ampollas de morfina; y después, el martes por la mañana, el dolor es tan intenso que le tienen que colocar un catéter epidural para analgesia. Los Forenses estudiaron todo el expediente médico y sin embargo no hacen mención a ese intenso dolor por isquemia que, como se destacó en el juicio, apareció en Povisa tras la fallida operación de bypass: debido a que en esa operación no solo no se consiguió puentear la poplítea con un bypass bien hecho, sino que además se interrumpió la circulación colateral que la paciente tenía.

26. Los Forenses no mencionan el hecho de que si la parálisis que detectó el Dr. ML al llegar a Povisa realmente hubiera sido por isquemia severa, como él afirma que era, entonces la pierna tendría que tener un rigor mortis completo: pero hay datos en la historia clínica (se constata y registra movilidad pasiva del tobillo en la UCI de Povisa) que confirman que no tenía rigidez (rigor mortis) y que la parálisis era fláccida, y por tanto causada por la elongación del nervio (neuroapraxia) y no por isquemia. Tampoco se detectaron parámetros analíticos que tendrían que estar elevados en caso de isquemia irreversible y necrosis muscular, y los Forenses pudieron comprobar que tanto el potasio como la creatinina fueron normales en analíticas efectuadas tanto en El Castro como en Povisa, lo que descarta completamente esos diagnósticos. Como consta en el expediente, los Forenses fueron preguntadas ante el Juzgado de Instrucción por ese particular (la falta de parámetros analíticos alterados), y no supieron dar una explicación convincente al hecho científico de que ese dato descartaba la isquemia prolongada que ellas defendían que había.

27. Tampoco recogen en su informe los Forenses el significativo dato de que la falta de sensibilidad producida por el estiramiento inicial de los nervios a su paso por cadera y rodilla (neuroapraxia) dejó una zona del pie con alguna sensibilidad, un dato que se mantuvo estable a lo largo de los días y que fue registrado tanto en El Castro (todos los días, sin variaciones) como en la UCI de Povisa el quinto día tras el traumatismo. Ese dato descarta también una anestesia por neuropatía isquémica, que inexorablemente, una vez que transcurren seis horas sin que llegue sangre a los tejidos, comienza por los dedos y va progresando hacia la rodilla sin conservar sensibilidad en ninguna zona del pie. Este dato se suma al resto de los que descartan que hubiera isquemia en el momento del traslado.
 
Una de las fotos que se analiza. Cuatro días desde
el accidente y 6 horas desde la llegada a Povisa. Ha
terminado la operación de bypass y se va a proceder
a colocar un Fijador Externo. Es razonable pensar
 que fue en ese momento cuando comenzó la isquemia.
28. Los Forenses tampoco valoraron en su informe ni en su declaración las fotografías de la pierna de la paciente tomadas en el quirófano de Povisa (presentes en la historia clínica de ese Hospital, y aportadas el expediente). Esas fotografías son una prueba objetiva que también descarta isquemia, pues demuestran que cuatro días tras el accidente no había cianosis (ni las lesiones cutáneas que lógicamente tendrían que estar presentes tras una isquemia prolongada). Un signo típico de isquemia irreversible es que hay una cianosis fija que no se aclara ni blanquea con la presión del dedo del examinador: y las fotos lo descartan pues se puede ver el primer dedo del pie con un color prácticamente normal. La perito traumatóloga Dra. Mariño declaró en juicio, viendo esa fotografía, que era imposible que siete horas antes (cuando la paciente llegó a Povisa) la pierna tuviera cianosis o subcianosis, y que estuviera amoratada, como afirmó el Dr. ML. Además, al día siguiente, el martes día 3, cinco días tras el accidente, el Anestesista de la UCI de Povisa registra que la pierna tiene “palidez extrema”: palidez pero no cianosis. Es imposible que en un proceso de isquemia irreversible aparezca cianosis, y al día siguiente haya desaparecido el color morado y la pierna esté pálida. La fotografía demuestra que el Dr. ML mintió cuando dijo que la pierna al llegar a Povisa estaba morada.

29. Tampoco es cierto que la pierna estuviera fría al llegar a Povisa: eso también se lo inventó el Dr. ML (quien cuando hace su informe de alta escribe -y es falso- que en urgencias la pierna tenía frialdad) y los Forenses tenían datos suficientes para deducirlo. Ningún enfermero, durante todo el ingreso en El Castro, detectó ni anotó frialdad en ningún momento: solo uno, la primera noche, anotó “hipotermia”, pero no frialdad: y han declarado que la temperatura de la pierna siempre fue normal e igual a la de la otra pierna hasta el alta. Se entiende que se produce frialdad tras una lesión isquémica cuando deja de circular sangre (que es un líquido caliente) por la extremidad. Pero en este caso, además del testimonio de todos los facultativos médicos y enfermeras de El Castro, las pruebas objetivas (angioTACs, pulsioximetrías) demuestran que la sangre circulaba por la pierna y el pie, y que el último día antes del traslado no se pudo producir isquemia ni frialdad pues el angioTAC hecho al llegar a Povisa demuestra mejoría respecto al realizado el día anterior en El Castro. Sin embargo los Forenses caen en la trampa del Dr. ML y le creen, y así declaran que la situación en El Castro era de una “pierna hipotérmica” con un “deterioro progresivo”, interpretando que la pierna estaba cada vez más fría porque estaba en isquemia.

30. Tampoco es congruente que los Forenses apoyen la postura del Dr. ML cuando  dice que tras la llegada de la paciente a Povisa había que operarla a toda prisa sin perder ni un minuto, y sin embargo pidió que se realizara otro angioTAC. El propio Dr. ML afirmó en el juicio que pidió ese nuevo angioTAC “por deformación profesional, porque no se fiaba de las pruebas hechas en El Castro”. Hay consenso entre los cirujanos vasculares de que cuando es evidente que hay una sección aguda de la arteria poplítea o una lesión en la rodilla que causa isquemia, cuando ya llevamos un tiempo cercano a las seis horas pero todavía hay posibilidades de revascularizar la extremidad, se debe llevar al paciente al quirófano inmediatamente, sin hacer un angioTAC; y solo se podrá hacer un angioTAC en esos casos si no se prevé que la demora que ocasiona la realización de esa prueba pueda llevar a la extremidad a una situación de irreversibilidad por isquemia. En este caso, si se consideraba que no había tiempo que perder, no hacía falta hacer un nuevo angioTAC. Y además se puede afirmar que en este caso, para operar y solucionar la trombosis de la poplítea que ya estaba diagnosticada con un angioTAC hecho 17 horas antes, no hacía falta hacer otro angioTAC. (Ese nuevo angioTAC al menos sirve para demostrar que seguía sin haber isquemia y que la circulación no solo no había empeorado sino que había mejorado). Una vez entendido lo anterior, parece evidente que al solicitar esa prueba (el nuevo angioTAC) el Dr. ML sometió a la paciente una alta dosis de radiación de manera innecesaria, lo que según el Código Penal (art.343) es un delito. Los Forenses podían haber dicho algo al respecto, y sin embargo no informan a la justicia de ese comportamiento penado por la ley.

31. Varios peritos (incluso de la acusación) han dado a entender que otro error que cometió el Dr. ML fue hacer primero el bypass y proceder a continuación a colocar un Fijador Externo (operación realizada por un traumatólogo, el Dr. RO), porque las manipulaciones de una extremidad traumatizada e inestable tras realizar una sutura arterial pueden provocar trombosis de ese bypass. El Dr. Sanmartín afirma en el nº 10 de su pericial: “Es fundamental y de extrema importancia estabilizar el esqueleto con material de osteosíntesis antes de iniciar el proceso de revascularización para proteger las suturas”. La fotografía tomada en el quirófano de Povisa, tras el bypass y antes de colocar el Fijador, donde se ve que se mantiene la pierna sujeta por el pie, forzando la hiperextensión, ha sido considerada lesiva (¿mala praxis?) por algunos peritos. Cuando los Forenses hicieron su informe, el Juzgado de Instrucción había declarado al Dr. ML imputado, y los Forenses disponían de toda la historia clínica de El Castro y de Povisa, y su trabajo debía haber sido asesorar científicamente a la justicia para descubrir si la amputación que realizó el Dr. ML el sexto día tras el accidente pudo haber sido causada por alguna práctica médica imprudente o improcedente realizada durante todo el proceso asistencial, y no solo en El Castro. Los Forenses deberían haber valorado que en los protocolos de cirugía vascular, en casos como este, lo indicado (y hay bastante consenso al respecto) es hacer la fijación externa antes que el bypass, por lo que lo que hizo el Dr. ML fue incorrecto. Y también puede considerarse mala praxis manipular sin cuidado la pierna en el quirófano, forzando la tensión de partes blandas de la parte posterior de la rodilla, y dañando la circulación que había, como se puede ver que se hizo en las fotos presentes en la historia clínica de Povisa y disponibles en el expediente judicial (ya comentadas en el punto 28 de este escrito).

32. Los Forenses declararon que todo lo que había hecho y dicho el cirujano vascular de Povisa era correcto y razonable. Pero el Dr. ML afirmó que la isquemia completa se produjo en el momento del accidente, que no pudo haber pulsos en ningún momento, y que seis horas tras el accidente ya no había nada que hacer para salvar la pierna de la amputación, porque ya estaba toda necrosada. Dado que los Forenses le dan la razón, bastantes afirmaciones de su informe resultan incongruentes, pues en ese caso, y aplicando el razonamiento lógico, todo lo que se le hizo a la paciente (o se dejó de hacer) después de ese periodo inicial de seis horas ya no influyó en el resultado ni pudo ser causa de la amputación.

Hasta aquí mi análisis crítico y mis comentarios. Espero que disculpen mi vehemencia contenida, entendible a la vista de las peculiaridades del caso.

Como conclusión, dos funcionarios médicos Forenses del IMELGA de Vigo, que trabajan en definitiva para que los ciudadanos podamos tener unos servicios públicos y una administración de calidad, me han causado graves e injustos perjuicios, tanto potenciales como reales y consumados (especialmente por la difusión de sus declaraciones en los medios de comunicación). Su trabajo contiene muchos errores y no se adecua a lo exigido: no cumple su función de asesorar con criterios médicos y científicos a la Justicia. Además, este caso es muy especial, por su trascendencia mediática, por la importancia de las penas solicitadas por la acusación, y por los potenciales efectos perniciosos en la práctica médica que pueda causar (como un aumento de pruebas diagnósticas innecesarias, y un crecimiento de la medicina defensiva a todos los niveles). Pienso que todo eso debería haber llevado, a esos dos Forenses, a esmerarse especialmente en su informe, siendo rigurosos: no dudo de su buena voluntad, pero no lo hicieron. Yo desde luego estoy dispuesto a defender la justicia y mi buen nombre, y voy a seguir luchando para que se sepa y se imponga la verdad. Confío en que esos dos Forenses reaccionen y rectifiquen al leer las críticas razonadas expuestas en este escrito, y las tengan en cuenta a la hora de realizar futuros informes; y en cualquier caso espero que la Administración tome medidas. Quedo a la espera de que esta queja sea adecuadamente tramitada tal como establece la ley. Gracias por su atención. Les saluda atentamente:

Pedro Mª. Larrauri Puebla.

DNI 50293235D. Médico Traumatólogo. Domicilio. VIGO.

larrauri.vigo@gmail.com

Vigo, 2 de marzo de 2017


PD: Si te interesa el tema, te recomiento leer en mi Blog de Traumatología, el artículo: "La manipulación interesada en el informe pericial de un cirujano vascular de Ourense en el caso de la gimnasta de Vigo que sufrió la amputación de una pierna." Te sorprenderá la inmoralidad de ese compañero del Dr ML. (Ver: enlace al artículo).

10 comentarios:

  1. ¿No vas a denunciar al doctor cirujano vascular de Povisa por echarte la culpa de su error y por mentir? ¿Por qué omites su nombre? Es su nombre el que debería salir en los periódicos, y no el tuyo. Merece que todo el peso de la ley caiga sobre el.

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    1. De momento mientras estén curso mi juicio me han aconsejado no hacerlo. Gracias.

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  2. Estimado compañero:
    En primer lugar quiero solidarizarme contigo porque desgraciadamente yo pasé un proceso similar que me duró bastante tiempo y aunque acabó con mi absolución he quedado tocado de por vida y siento un gran resentimiento social por lo que he pasado.
    Por otro lado hacerte saber que todo el problema me vino por un informe realizado por el médico forense y por la dejacion del juez instructor. Es vergonzoso que médicos profanos en un tema de especialistas y en casos complicados tengan la consideración de infalibles.
    Debería estar prohibido que un médico forense sin un especialista de la materia médica emitiera un informe sólo. El conocimiento no puede venir de ninguna manera de mirar unos artículos por internet...
    Te recomiendo el artículo "bioetica en la actividad médica pericial " del compañero Aso Escaria médico forense y neurocirujano.
    Además quiero darte las gracias por haber dado la cara y haber sido capaz de defenderte en público. Aunque alguna vez haya un error no es para que se nos estigmatice como a un violador.
    Animo y que se resuelva a tu favor.

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    1. Gracias por tu comentario y por tu apoyo.
      Me parece muy útil tu idea de que los Forenses no puedan informar sin supervisión de un especialista.
      Como me ha dicho otro colega, es como si falla el lanzamiento de un cohete espacial de la NASA en el que intervienen dos ingenieros aeroespaciales, y los electricistas de la Nasa hacen un informe dictaminando que el primero de los dos ingenieros es el culpable, aunque otros ingenieros digan que todo lo que hizo fue correcto, y que en todo caso las sospechas deben recaer en el segundo ingeniero.
      En este caso, el traumatólogo que fue elegido por sorteo para hacer un informe jurídico, un jefe de sección del Sergas con más de 35 años de experiencia tratando pacientes, concluyó que todas mis actuaciones habían sido correctas. Pero las Forenses, que no han tratado un enfermo con una fractura grave de rodilla en su vida (no grave ni no grave), se creen que saben más que él.
      Un saludo.

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  3. Estimado Pedro! Como no me conoces (puede que de vista), solo se me ocurre este medio para decirte que te considero un gran médico y lo que te está ocurriendo es descorazonador. Como dice Anónimo, se pueden cometer errores, incluso muy desgraciados para otros, pero ningún médico actúa con ánimo de causar daño y por ello no deben ser tratados como delincuentes.
    He leído que va a recurrir la sentencia, le deseo le toque un juez ecuánime y que lea y vea TODAS las circunstancias que rodean a este caso y, por ello, le absuelva con toda justicia.
    Hablo también por egoísmo. porque no quiero perder un gran médico.
    Un saludo

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    1. Muchas gracias Mara Nogueira.
      Sé que puedo cometer errores y los he cometido (nunca graves).
      Pero en este caso no cometí ningún error.
      Yo mantengo mi total inocencia y por eso no puedo considerar la sentencia justa: y como dices espero que me toque un juez con las características que tu apuntas.

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  4. Estimado Dr. Larrauri.
    Mi nombre es María Cerqueira y como paciente suya que he sido hace un par de años en EL CASTRO, quisiera transmitirle mi apoyo ante la injusticia que está sufriendo.

    Saludos.

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    1. Muchas gracias María Cerqueira.
      Estoy recibiendo muchos apoyos, que me ayudan a sobrellevar mejor esta situación efectivamente tan difícil.
      Esperemos que el recurso sea efectivo, aunque gran parte del injusto daño que me han hecho ya no se podrá curar.

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  5. ...Los médico son seres humanos, que también se equivocan algunas veces, los buenos menos veces...
    La Coruña, 30 de julio de 2018
    Fdo.: Mariano Cabrero Bárcena es escritor

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  6. Buenos días Pedro,yo también voy a presentar una queja sobre el imelga, pero me resulta prácticamente imposible encontrar el anexo IV de Vicepresidencia e Conselleria de Presidencia. Administracions Públicas e de Xustiza. Tan sólo aparece el de Conselleria de facenda e Administración Públicas. Quería pedirte por favor si pudieras i dicarme donde descargarlo. Gracias.

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